Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120680
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 232378

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Normalmente en los contratos que se firman por este tipo de créditos, se establece que en caso de que la empresa no realice el descuento en la nómina, el trabajador se obliga a realizar los pagos directamente al Banco, en las fechas y plazos que hayan convenido.

    Si usted no realiza los pagos, va a incurrir en mora y le van a cobrar intereses moratorios, además de que eso lo deja como cliente moroso en el buró de crédito.

    Saludos.