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AutorRespuesta No: 232326
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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Julio de 2011 09:25 2011-07-24 09:25 desde IP: 189.140.48.85
Icocag:
Difiero en parte sobre lo manifestado por ilianave (saludos) acerca de que no proceda la denuncia ante el Ministerio Público, y es que el ejecutivo o empleado del banco, ante la sospecha de una falsificación de credencial del IFE, tenía la obligación de solicitar la intervención de la autoridad para formular la correspondiente denuncia, el dejar de hacerla sería un delito de encubrimiento por favorecimiento, así que, tal y como se plantean las cosas, lo que en realidad aconteció fue que el empleadito cometió un delito de discriminación..
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