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  • Consulta : 120636
  • Autor : LIC. A.ANAYA
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  • Autor
    Respuesta No: 232312

  • LIC. A.ANAYA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Desde luego que si,  todo depende de que edad tengan sus hijos del otro matrimonio,  primero su esposo envida puede hacer y desahacer con sus bienes  o los bienes incorporados a la sociedad conyugal  siempre y cuando usted este de acuerdo,  es razonable y la mejor opción que el haga  un testamento antes de morir, para el caso de que sean menores de edad   o se encuentren  estudiando no mayores a veinticinco años los hijos del otro matrimonio, si su esposo llegara fallecer, independientemente de que dejara testamento, los otros hijos, podrian demandar a la herencia una pensión alimenticia, siempre y cuando demuestren el parentesco.