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AutorRespuesta No: 232718
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Julio de 2011 00:12 2011-07-27 00:12 desde IP: 189.216.161.133
Que barbaridad, cada minuto nace uno. De nada le sirve un poder de su marido ni acudir al notario, habiendo un juicio de divorcio, se debe liquidar la sociedad conyugal, existiendo sentencia de liquidación conyugal en la que se determine que es Usted la dueña del inmueble, entonces podrá escriturar y vender, pero no antes.
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