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AutorRespuesta No: 236199
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2011 10:27 2011-08-21 10:27 desde IP: 189.178.228.189
abel_112:
La gentil abogada Sofía María (cordiales saludos), está en lo correcto y no lo está, me explico:
de conformidad con el Código Civilo de Tamaulipas, usted tiene derecho al saneamiento por evicción derivado de la existencia de un vicio oculto, por lo cual debe demandar mejercitando esta acción y reclamando el pago de indemnizaciones, pero esta misma Ley le concede el plazo de solamente seis meses para poder demandar, así que, dependiendo de la fecha exacta de la firma del contrato, ya transcurrieron esos seis meses o están por finalizar dentro de 10 (diez) días, y a partir del momento que finalizó o finalizará dicho plazo, la acción para demandar está prescrita, es decir, ya no podrá ser ejercitada.
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