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AutorRespuesta No: 232059
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 11:09 2011-07-22 11:09 desde IP: 187.194.40.129
debes hacer un juicio en via de jurisdicción voluntaria... y nnotificar a la administración y al propietario del depto... este por edictos... en el entendido que de no hacer la reparación ... se solicitara la apertura del depto... para hacer esa reparación ante actuario... eso es muy comun... y deberi asaberlo el administrador.. ya que debe ser una persona que resuelva problemas... no que de origen a mas..
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