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AutorRespuesta No: 231976
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 15:53 2011-07-21 15:53 desde IP: 201.173.184.194
Es importante considerar que el cobro de los cheques nominativos, está restringido únicamente a la persona física o moral a nombre de la cual se libró el documento y si consideramos que el cheque ha depositar es de otro banco, entonces el nuevo sistema de compensación entre Bancos que se realiza a través de Cecoban, (en este sistema conocido como cámara de compensación anteriormente se intercambiaban entre bancos físicamente los documentos), actualmente solo se efectúa el intercambio de la información contenida en los cheques y una letra en nuestros nombres y/o apellidos o un numero distinto en nuestro RFC, nos hace ser una persona distinta quizá por esa razón el banco prefiere no tener discrepancias.
Por lo anterior, lo idóneo en este caso seria pedirle al librador, es decir a quien expidió el cheque, que lo cancele y expida otro correctamente elaborado.
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