Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120377
  • Autor : dorae
  • Consultas en Foro: 7
  • Respuestas en Foro: 1181
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5565
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 231976

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Es importante considerar que el cobro de los cheques nominativos, está restringido únicamente a la persona física o moral a nombre de la cual se libró el documento y si consideramos que el cheque ha depositar es de otro banco, entonces el nuevo sistema de compensación entre Bancos que se realiza a través de Cecoban, (en este sistema conocido como cámara de compensación anteriormente se intercambiaban entre bancos físicamente los documentos), actualmente solo se efectúa el intercambio de la información contenida en los cheques y una letra en nuestros nombres y/o apellidos o un numero distinto en nuestro RFC, nos hace ser una persona distinta quizá por esa razón el banco prefiere no tener discrepancias.

    Por lo anterior, lo idóneo en este caso seria pedirle al librador, es decir a quien expidió el cheque, que lo cancele y expida otro correctamente elaborado.