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AutorRespuesta No: 231920
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 11:55 2011-07-21 11:55 desde IP: 189.217.13.49
monica_kra
No puede anular usted ese matrimonio, en virtud de que el vinculo matrimonial con usted ya se disolvio, aunado a que el Codigo Civil para el Distrito Federal NO señala termino alguno a los divorciantes que deban aguardar para contraer nuevas nupcias.
Solo podria usted demandar la nulidad si fuera usted aun la conyuge.
Saludos.
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