Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120312
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 231837

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que pasa es que si estas en copropiedad, nadie puede vender tus derechos, aunque nadie puede ser obligado a permanecer en la indivisiòn.

    Si el terreno permite la comoda división, una vez que se establezca plenamente la propiedad, se puede promover un juicio de división de cosa común y así repartirlo en las partes que legalmente le correspondan a cada quien.

    Efectivamente puedes donar a tu hija tus derechos de copropiedad sobre el inmueble, pero la posesión que ella adquiera a título de propietaria, comenzará a partir de que se legalice dicha donación.

    No puedes donar los derechos de posesión, sino tus derechos de copropiedad, pero una vez que esté claramente establecida la copropiedad.

    Ahora bien, el albacea sólo es el representante legal de la sucesión y no puede vender sin el consentimiento de los herederos.

    Si ha incumplido en alguna obligación como albacea, cualquiera de los herederos puede promover un incidente para removerla del cargo.

    A que te refieres con que tu hija denuncie la posesión de la bodega??