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  • Consulta : 120312
  • Autor : daniel_luevano
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  • Autor
    Respuesta No: 231807

  • daniel_luevano
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    claro que puedes donar la parte proporcional de lo que te corresponde, y una de las ventajas de esta donacion es que por ser familiares directos (madre-hija)  no se generan gravamenes por dicho sesion.

    a tu segunda pregunta la posicion la puede tener solo si estedes los copropietarios se lo permiten ya que hay dos tipos de poseciones: la primera es de buena fe y consta de un termino de 5 años para adquirir la bodega. y al segunda es de mala fe, esta es de 10 años de ocupar la propiedad.

    otra cosa mas, el hecho que tu hermana tenga laa figura de albacea, no le da facultades para elegir lo que se va a hacer en la propiedad, ella solo es la vocera y la que tiene obligacion de salvaguardar los bienes, pero todo es bajo consenso de todos los que tienen que ver con la masa hereditaria,  osease  todo es bajo votacion entre tu y tus hermanos.

    por ultimo te sugiero que cambien de albacea, esto se hace de manera conjunta entre todos tus hermanos y se realiza en un juzgado de lo familiar.