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  • Consulta : 120246
  • Autor : Valencia1979
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  • Autor
    Respuesta No: 231658

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Por la via penal no puedes, toda vez que otorgaste el perdon, pero si puedes cobrar el pagare por la via ejecutiva mercantil, por el costo total de la suerte principal más los interes moratorios por los dos años en que no ha sido pagado el titulo de credito.

    Pero necesitas moverte ya, para que no se te pase el tiempo de 3 años para poder cobrar el pagare por la via ejecutiva.