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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2011 09:32 2011-07-20 09:32 desde IP: 187.139.121.93
Por la via penal no puedes, toda vez que otorgaste el perdon, pero si puedes cobrar el pagare por la via ejecutiva mercantil, por el costo total de la suerte principal más los interes moratorios por los dos años en que no ha sido pagado el titulo de credito.
Pero necesitas moverte ya, para que no se te pase el tiempo de 3 años para poder cobrar el pagare por la via ejecutiva.
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