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  • Consulta : 120230
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 237578

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, no se suspende la continuación del proceso a no ser que así se solicite en el juicio de amparo, esto es, las sentencias de segunda instancia causan ejecutoria por Ministerio de Ley y por lo tanto, al ser sentencia ejecutoriada, la parte actora podría solicitar la continuación del procedimiento.

    El juicio de amparo, no es un recurso, es un juicio independiente, por lo cual se establece la figura de la suspensión para evitar que se consumen los actos reclamados y en consecuencia, se pierda la materia del amparo.

    Y en otras materias distintas a la penal, se establece una garantía, en virtud de que si resulta improcedente el amparo intentado, la cantidad que se exhiba como deposito o en garantía, se le otorgará a la otra parte, por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar al ser retrasado indebidamente un juicio.

    Si Usted fuera la otra parte, acaso no estaría molesto de que la contraria interpusiera recurso tras recurso y juicio de amparo, tras juicio de amparo?? Obviamente que si, por lo tanto se establece dicha garantía para que las partes no promuevan juicios ociosos.

    Yo recomendaría no exhibir ningún billete de deposito, sino hasta saber la resolución sobre el cumplimiento de sentencia.

    Saludos.