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  • Consulta : 120230
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 231832

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Cuando existe libertad de jurisdicción, se emite un nuevo acto contra el cual procede el juicio de amparo.

    De cualquier forma, para el amparo tienes el término de 15 dìas para interponerlo, mientrás que para la queja por defecto o exceso en el cumplimiento tienes 1 año.

    Yo te sugiero plantear un nuevo amparo y si el Tribunal Colegiado considera que debió ser una queja por defecto, estarás en tiempo de interponerla.

    Saludos.