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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Julio de 2011 15:23 2011-07-18 15:23 desde IP: 187.144.35.228
BUENAS TARDES CAROLINA:
No dices que relacion haz tenido, concubinato, unión libre, matrimonio, esto es muy importante saberlo. Tampoco dices si el padre biológico del menor, lo reconoció ante el registro civil y si tienes su acta de nacimiento.
Puedes iniciar acción penal por el probable delito de incumplimiento en el pago de alimentos, amenazas y violencia intrafamiliar en forma psicologica.
Debes acudir con un abogado que te ayude en la redaccción de tu querella ante el Ministerio Público, y para pedir copia certificada de todo lo que vayas actuando, con esas copias certificadas, puedes pedir a tu abogado que inicie la acción civil del pago de alimentos, asimismo, puedes pedir que se embarguen bienes de su propiedad, para garantizar los futuros pagos de la prestación alimentaria, y además, debes pedir urgentemente se te conceda la guarda y custodia de menor a tu favor, se ordene al demandado que no ocurra a molestarte, apercibiendolo de que se procedera a multa y carcel para el caso de buscarte y molestarte; asi tambien, debes pedir la Perdida de la figura legal de Patria Potestad, esta última basada en las últimas reformas que ordena la Suprema Corte de Justicia de la nación, esto es, que haya transcurrido un periodo de tiempo superior a 90 dias sin que se haya proporcionado pensión alimenticia, casi nunca se pide, pero pide permiso desde este momento para que el menor pueda salir del país sin la intervención o recriminación legal del padre.
En el Estado de México, el código de procedimientos civiles, señala en forma expresa, esto es, por escrito, que los ciudadanos deben hacerse acompañar en todos sus escritos y promociones de una abogado titulado y reconocido por el Tribunal, por lo que esto no lo puedes hacer tu sola, debes hacerlo por medio y con la compañia de un abogado.
GRACIAS.
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