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  • Consulta : 119966
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 231206

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    En caso de que exista alguna de las causales que el artículo 103, de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo contempla para que uno delos cónyuges pueda pedir el divorcio necesario, su esposo podrá promoverlo de esa forma, en caso de que usted no esté de acuerdo en tramitarlo por mutuo consentimiento.

    Por otra parte, la circunstancia que su matrimonio lo hayan celebrado en el Estado de Qquerétaro, no es impedimento legal para que el divorcio pueda ser tramitado de conformidad con las leyes del Estado de Hidalgo, si es en esta Entidad en donde constituyeron la última morada conyugal, o bien, si es ahí en donde usted radica, toda vez que de acuerdo a las reglas que rigen la competencia de los jueces, ésta se surte en favor de aquél en el que se constituyó la última morada conyugal, o bien, en donde vive la persona demandada.