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AutorRespuesta No: 231207
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Julio de 2011 12:04 2011-07-17 12:04 desde IP: 189.188.86.174
No procede reducción de sueldo no importa si lo ponen en un puesto con menor tabulador que el que usted ya tenía. Esto es ilegal y esta tipificado en al LFT. En todo caso su patrón puede asignarle el puesto que requiera pero respetándole su sueldo actual y todas sus prestaciones así como su antigüedad.
El art. 51 de la Ley Federal del Trabajo en su inciso IV menciona como causa de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador: "Reducir el patrón el salario del trabajador;"
Así mismo el art. 52 que dice: " El trabajador podrá separarse de su trabajo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se dé cualquiera de las causas mencionadas en el artículo anterior y tendrá derecho a que el patrón lo indemnice en los términos del artículo 50"
Por lo tanto está usted protegido, si no está de acuerdo en que le reduzcan el sueldo puede indicárselo a su patrón y si aún así éste lo hiciere, ahi ya tiene la justificación para terminar la relación laboral y obtener su indemnización.
Ahora bien, si usted está de acuerdo con ello ya es otro cantar, en ese caso tendrían que dar por terminado el contrato que existiera (con su correspondiente liquidación por ley) y elaborar uno nuevo en donde se indique su nuevo sueldo, obviamente aquí sí perdería usted su antigüedad aunque de cualquier fomar ya se le habría pagado con la liquidación del primer contrato.
Se la pongo más sencillo, lo contrato a usted con un sueldo de 7000 por tiempo indefinido y asi lo estipulamos en el contrato, lo firmamos y punto. Pasan 10 años y resulta que ya no requiero del puesto que usted desempeña. Pero si tengo otro puesto al que solo pago 4000. No puedo regir la relación laboral con el contrato previo, de manera que finiquitamos el anterior, le pago lo que le tenga que pagar y hacemos otro en donde dice que su sueldo ahora sera de 4000, obviamente no se suma la antigüedad.
Ojo, no aplica a la inversa es decir, si se le aumenta su sueldo su contrato sigue vigente sin ningún problema, la ley solo penaliza la reducción.
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