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  • Consulta : 119947
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 231211

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    La Ley Federal del Trabajo no prevé en ninguno de sus dispositivos, el plazo en el cualel patrón deberá pagar a los trabajadores que presenten su renuncia voluntaria, las prestaciones a las que tengan derecho, proporcionales al tiempo laborado; sin embargo, si establece que el derecho de los trabajadores a recibir el pago de esas prestaciones, prescribe transcurrido un año a partir de la fecha en que se generó el derecho a recibirlas, y toda vez que ese derecho nace justamente a partir deldía siguiente a aquél en que deja de prestar sus servicios, el patrón puede, mañosamente, dejar que transcurra el año para eludir el pago al trabajador.

    Si ya pasó un mes y medio y el patrón no le ha hecho entrega del finiquito, entonces ello es signo inequívoco que no tiene la intención de hacerlo, por lo que le recomiendo que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, a fin de que leden la asistencia y aseosría legal que requiera, y demande el patrón por el pago del finiquito que le corresponde.