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AutorRespuesta No: 231211
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Julio de 2011 12:24 2011-07-17 12:24 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
La Ley Federal del Trabajo no prevé en ninguno de sus dispositivos, el plazo en el cualel patrón deberá pagar a los trabajadores que presenten su renuncia voluntaria, las prestaciones a las que tengan derecho, proporcionales al tiempo laborado; sin embargo, si establece que el derecho de los trabajadores a recibir el pago de esas prestaciones, prescribe transcurrido un año a partir de la fecha en que se generó el derecho a recibirlas, y toda vez que ese derecho nace justamente a partir deldía siguiente a aquél en que deja de prestar sus servicios, el patrón puede, mañosamente, dejar que transcurra el año para eludir el pago al trabajador.
Si ya pasó un mes y medio y el patrón no le ha hecho entrega del finiquito, entonces ello es signo inequívoco que no tiene la intención de hacerlo, por lo que le recomiendo que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, a fin de que leden la asistencia y aseosría legal que requiera, y demande el patrón por el pago del finiquito que le corresponde.
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