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  • Consulta : 119921
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 231187

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece:

    "Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

    Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios."

    En consecuencia, por 22 años de servicio, te corresponderían 18 días de vacaciones al año, siempre y cuando tu contrato o condiciones generales de trabajo, no establezcan un beneficio mayor.

    Saludos.