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AutorRespuesta No: 230847
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Julio de 2011 19:48 2011-07-14 19:48 desde IP: 201.110.67.86
".......ya que para tramitar juicios mercantiles de caracter ejecutivo no se requiere ser abogado, pues he tramitado diversos asuntos asi...."
De donde saca esa conclusion licenciado? Creo que esta mezclando los conceptos y anda muy perdido en la materia, una cosa es que un endosatario en procuracion o en propiedad pueda realizar todas los actuaciones respectivas ante un juzgado a que en un juicio ejecutivo mercantil no se requiera cedula para llevar un asunto de esa materia.
Si sus asuntos le han salido favorables por habilidad o suerte no quiere decir que todos seran asi, todo esta contenido en la ley y ahora si depende de su destreza para obtener la informacion que busca, solicite se giren los oficios respectivos y con las respuestas que den a estos podra usted determinar lo viable del asunto.
Saludos cordiales.
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