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AutorRespuesta No: 230515
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2011 01:29 2011-07-13 01:29 desde IP: 189.140.219.84
Su hermana puede y debe denunciar el maltrato físico ante el M.P. (debe tener pruebas contundentes, fehacientes, es decir, golpes, testigos, etc... Aguas!!, cersiórese de que sea cierto, ya que al padre del niño lo meten al bote sin decir agua va). y una vez en el bote, no habrá pensión!
Su hermana puede y debe demandar la pensión alimenticia a los padres de los menores, el sujeto que NO trabaja, si NO está impedido, el juez de lo familiar le obligará a darle pensión de cualquier manera, si éste no tiene trabajo $, tendrá que entregar una garantía para los alimentos, en su defecto.. puede irse contra los padres de él, contra los hermanos de él... pero cuidado, que al no haber de dónde agarrarse también les corresponde a los padres de usted.
Saludos.
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