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AutorRespuesta No: 230508
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 22:02 2011-07-12 22:02 desde IP: 187.194.26.56
si tu ex cuñabra-... se muere...o le pasa... algo.... lo que sea... que la incapacite para ekjercer la patria ppotestad... es el padre que reconocio la los hijos quien tiene la potestad sobr elos mimsos.... y por ende ...el ejercicio de la patria potestad...
aùn cuando un IDIOTA... hiciera la cesiòn de la patria potestad... el juez la rechazarias de hecho y de derecho... porque no son cosas... perros o gatos... la patria potestad... no se vende... cede...dona... renta.... permuta....
haz de referirte a la custodia de los hijos... eso nada tiene que ver con la patria potestad....
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