- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 119438
- Autor : LicVelazquez
- Consultas en Foro: 6
- Respuestas en Foro: 1006
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 230462
-
Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 19:22 2011-07-12 19:22 desde IP: 187.158.153.98
Desde luego que puede y le conviene demandar, no tan solo los daños directos causados al inmueble, sino los perjuicios derivados de la renta que Usted devengaba y dejó de recibir durante todo este tiempo. Asimismo la acción le produjo a Usted indudablemente daño moral por el descrédito social al que fue expuesta en su comunidad donde le aseguro asumieron conductas excluyentes de todo trato hacia su persona, sus hijos, pareja o cualquiera otra persona querida, amen de los daños y graves perturbaciones psicológicas y físicas derivadas de la angustia o estrés emocional.
Usted tiene un buen caso. Aprovéchelo. Confíe en un abogado competente especialista en Derecho Civil, no coyote, no tinterillo.
Saludos cordiales.
-
Autor





