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Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 19:18 2011-07-12 19:18 desde IP: 189.217.4.157
Distinguido Consultante
Considero que lo incriminaron en el delito de administración fraudulenta, y que se confiaron y no lo resolvieron en averiguación previa por que era muy sencillo, evitar una consignación.
Primero tienen que buscar restar validez a la resolución de la asamblea por el cual realizan la nueva directiva o administración, tienen que convocar y realizar la asamblea y desconocer los acuerdos tomados por otros socios, le deben proporcionarte documentos de que tus funciones eran ajenas a la determinación de los socios y que te desliguen del manejo de las finanzas, primordialmente tienes que conseguir la averiguación completa para saber qué es lo que existe en tu contra y poder conocer cómo defenderte.
En Vía de Orientación trascribo el siguiente:
Código Penal Veracruz
Artículo 218.- Comete el delito de administración fraudulenta quien, teniendo a su cargo la administración o el cuidadode bienes ajenos, perjudique al titular de éstos, con ánimo de dominio, lucro o uso, en beneficio propio o de tercero, mediante la realización de cualquiera de las acciones siguientes:
I. Altere las cuentas o condiciones de los contratos;
II. Simule operaciones o gastos o exagere los que hubiere hecho; o
III. Oculte o retenga valores, o los emplee indebidamente.
Este delito se sancionará de la misma forma que el fraude genérico, atendiendo al beneficio obtenido o al perjuicio causado, conforme a la cantidad que resulte más elevada.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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