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AutorRespuesta No: 230439
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 17:41 2011-07-12 17:41 desde IP: 200.33.74.37
La demanda de divotrcio la debe entablar en donde fue el ultimo lugar de residencia del domicilio conyugal. Debe de esperar a tener el acta de divorcio o la sentencia en la cual se dictamina el divorcio para poder casarse de nuevo. El año de espera despues del divorcio es para dejar a salvo los derechos de algun hijo, es decir que usted resulte embarazada en ese tiempo. Como no es el caso puede presentar un certificado medico de no embarazo y evitar la espera de 180 dias.
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