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  • Consulta : 119201
  • Autor : fallen angel
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  • Autor
    Respuesta No: 230207

  • fallen angel
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Es cierto lo que dice el lic garovalo esos convenios celebrados ante el DIF no tienen mucho valor juridico a menos que sean ratificados ante un juez de lo familiar por la via de tramitacion especial y que una vez aprovados se eleven a la categoria de cosa juzgada categoria que poseen las sentencias judiciales que han causado estado.

    Claro que en este tipo de cuestiones juridicas lo que se debe tomar como prioridad antes que cualquier otra cosa es el interes superior del menor, cosa que siempre se debe tomar muy en cuenta para decidir quien debe ejercer tanto la guada y custodia como tambien la patria potested sobre los menores, independientemente de que sea el padre o la madre.