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Fecha de respuesta: Domingo 10 de Julio de 2011 13:54 2011-07-10 13:54 desde IP: 187.194.99.80
A caray Cerillo tiene usted toda la razon... solo que ahora me llama la atencion algo...
Si la consultante señala que su mama es prima hermana de la mana del primo del que ella se encuentra enamorado, no puede ser que
ABUELO A ABUELO B
(c) Hija de A (d) Hija de B
Entre C y D son primas como lo señala la consultante
(E) Hija de C (F) Hijo de D
Entre E y F hay un noviazgo. Son primos pero no primos hermanos.
YA PERFECTO. Le regreso totalmente el credito señor CERILLO no leí bien la consulta y suponía que entre la madre de ella y la del supuesto novio eran hermanos caso en el cual sería en el 4to grado como lo señalaba. Pero leyendo bien la consulta, entre la madre de ella y la de él son primas hermanas lo que convierte a ellos en un parentesco colateral del 6to grado.
Pero al margen del grado y la pequeña polemica que se desato por cuanto hace al calculo del parentezco.. solo existe el impedimento legal en linea colateral entre tios y sobrinos. Como no es su caso... no imposta que sea en el 4, 6, o 10mo grado... usted puede casarse legalmente hablando
Saludos
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