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  • Consulta : 118708
  • Autor : Marco_A
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  • Autor
    Respuesta No: 229713

  • Marco_A
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por su pronta respuesta.

    Para los 2 casos que menciona:

    1) Paga la multa e interpone el juicio de nulidad y solicita entre otras la devolucion de las cantidades pagadas.

    2) Interpone el juicio de nulidad, solicita la suspension y garantiza el pago ante el TFJFA, son dos opciones diferentes pero que le permiten seguir teniendo luz electrica.

    ¿Por cuál de las 2 opciones sería mejor optar?

    ¿Se debe acudir primero a la Profeco  antes de resolver mediante estas opciones o ir  directo al TFJFA?

    Quedo al pendiente de sus comentarios.

    Gracias de Antemano.