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  • Consulta : 118682
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 230583

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Muy buenas tardes, DE NINGUNA MANERA ES LEGAL QUE LE HAGAN SABER (EL SAT) LA EXISTENCIA DE CRÉDITOS FISCALES, SIEMPRE deben de notificárselos cumpliendo los requisitos de los artículos 134 y 137 del Código Fiscal de la Federación.

    Ahora bien OJO, LOS CRÉDITOS FISCALES PRESCRIBEN EN 5 AÑOS, esto significa que pasados ese periodo de tiempo, si el SAT no hizo requerimiento de pago alguno, con la pena, es dinero perdido para ellos.

    Yo le recomiendo que pida el nombre de la persona que le está llamando y que le dé el número del o los créditos por los cuales le está llamando a su celular, acuda a la Administración Local de Recaudación de su domicilio y cheque si tiene en verdad este adeudo fiscal.

    Si le llegan a notificar dentro de la oficina, aún así mediante el Recurso de Revocación o Juicio de Nulidad, LE TIENEN QUÉ DAR A CONOCER LOS ANTECEDENTES DE SU EXISTENCIA PARA QUE SE CONSIDERE UNA DETERMINACIÓN LEGAL.

    Cualquier duda quedo a sus órdenes.