Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 118572
  • Autor : anskarius
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 678
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5561
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 229413

  • anskarius
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No tengan miedo, de que hay gente que se aprovecha de las circunstancias de los demas los hay, pero afortunadamente existe un documento de arrendamiento y tiene un vencimiento...lo que les sugiero es que no importa que tu papa le de recibos de arrendamiento porque de hacerlo estaria falsificando la firma del abuelo y esto esta penado....por otra parte, que le notifique tu papa por escrito 20 dias antes al vecino que debera desocupar el cuarto al vencimiento estipulado en el contrato...si el no se quiere salir al vencimiento del contrato y ya notificandole 20 dias antes...tendrian que solicitar el desalojo....o en su caso al vencimiento del contrato aqui en mi estado se maneja como allanamiento pues ya no existen derechos y obligaciones de poseer el lugar....checalo con ministerio publico....