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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Julio de 2011 20:31 2011-07-04 20:31 desde IP: 187.194.26.56
y...lo que mandas... es tan .... que te niegas a que se`pan de que se trata....??????????
las nuevas.....regulaciones de correo internacional... asi lo exigen... pero puedes iniciar acciòn ante juez de distrito... que te pondra por escrito cuales son esos loineamiento... y de todos modos... tus timbres y estampitas se las vas a tener que enseñar a los inspectores postales....
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