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  • Consulta : 118068
  • Autor : lexus
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  • Autor
    Respuesta No: 229088

  • lexus
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    la prescripción es distinta a la caducidad. el derecho a pedir alimentos no prescribe, sin embargo una vez inciado el tramite y si este no se concluye con sentencia, puede llegar a caducar, que quiere decir que todo lo actuado quede sin efectos ante la falta de interes de la parte accionante. saludos