Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 117392
  • Autor : ulloa88
  • Consultas en Foro: 75
  • Respuestas en Foro: 3212
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 228204

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Necesita acudir al Registro civil de su comunidad para que le informen el tramite.

    Porque el registro civil?  Bien... en algunos estados el cambio de regimen conyugal es netamente administrativo y con una anotacion marginal se salva.

    En otros solo es via judicial. Si usted contrata un abogado y suponiendo que en su estado fuere administrativo, el abogado ni siquiera le dirá que existe esa via y querra llevarla a la via judicial porque eso le dejara mas dinero a él.

    Por ello, antes de contratar a nadie... investigue en el registro civil cual es la forma de hacer ese cambio en su Estado, si fuere judicial entonces si contrate a su abogado y si es administrativo ustedes solos pueden hacer eso.

    Saludos