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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Junio de 2011 11:59 2011-06-23 11:59 desde IP: 189.200.114.215
Alejandro...
De eso se trata este debate.... la experiencia ayuda mucho creeme. Tu puedes decir... en la practica esto será una conducta dolosa porque segun el criterio del Juez X en el expediente tal resuleve esto.." XXX"
Yo a diferencia te dire... LA TEORIA FINALISTA segun el padre del Finalismo CLAUS ROXIN estima que la conducta de este guia es culposa por esto y por aquello.
Siento que te estas perdiendo... que piensas que el debate es para exhibir al perdedor y creeme que no es asi.
Es cultura juridica que nos ayudará a TODOS. Cada una de las palabras que yo ponga intentaré fundarla y motivarla asi como dar el dato si quien lo comenta es Roxin, Burgoa, Carranca o quien fuere...
Los consultantes sabran que lo que expongo yo ES NETAMENTE DOCTRINAL
Quiza en la practica hagan otra cosa.....circunstancia que no puedo contradecir insisto PORQUE NO LITIGO EL PENAL y no cuento con una sola sentencia que pueda avalar que lo dicho por ti o por no se quien en el sentido que ESE JUEZ piensa que serían lesiones dolosas.
La idea es saber que dice la doctrina, que se hace en la practica y que cada quien saque sus conclusiones. NI tu ni yo cambiaremos el mundo con este debate pero si nos dará ideas de como esta nuestra imparticion de justicia en el supuesto que se logre acreditar que para el Estado de mexico eso...son lesiones dolosas.
Saludos y quedo en espera
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