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  • Consulta : 117373
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A ver Garovalo... vamos a manejarlo con manzanitas para que todos entendamos. Digo todos porque puede existir colegas que se sumen al debate.

    Por principio de cuentas que quede claro que la intencion de un servidor no es que la señora me crea a mi o descalificar a mis colegas a quienes estimo sinceramente (Alejandro y Garovalo) se trata de un debate extra consulta entre definir plenamente si el problema planteado es DOLO o es CULPA.

    Garovalo tu señalas..."nunca debemos reconocer a esa conducta como parte del delito..."  Perdon??????? Si la conducta es uno de los elementos tipicos del delito ... sin ella no hay delito en pocas palabras.  Como que nunca debemos reconocer la conducta como parte del delito????  Desde ahi empezamos mal.  Recuerda... ELEMENTOS TIPICOS DEL DELITO.

    Tenemos un sujeto Activo: El compañero que guia y entre ellos esta el maestro

    Un sujeto pasivo.- Quien se golpeo

    Una Conducta.- Realizar una actividad deportiva

     

    A esto señalas... "ESTANDO PRESENTE UN MAISTRO...Y HABIENDO INDICADO UN SENTIDO ESPECIAL DE SU APRENDISAJE...ESTE DEBIO PREVEER EL RESULTADO.... "  Y que señala la LEY la DOCTRINA y la JURISPRUDENCIA para aquellas conductas en donde el activo debiendo preveer el resultado simplemente por omision o negligencia no lo hace?  La tesis Jursprudencial antes transcrita señala: "que la culpa existe cuando la producción del resultado no se previó, siendo previsible, cuando, habiendo sido prevista, se tuvo la esperanza de que no se realizaría, o en casos de impericia o falta de aptitud.

    Atendiendo a esta tesis asi como a los diferentes codigos penales de los Estados, al haber sido una conducta cuya lesion pudo haber sido prevista y que por negligencia o descuido no se hizo.... estamos en presencia de ????? DE QUE MI QUERIDO GAROVALO Y MI MUY ESTIMADO AMIGO ALEJANDRO????? ... Exacto... CULPA.

    eN CONSECUENCIA... si la intención se hace de buena fe, sin que medie una intención con animo de lesionar absolutamente a nadie, se da el resultado... es una conducta sancionable por el catalogo de los delitos pero como CULPA. Jamas como DOLO. Para acreditar un dolo... deben primeramente acreditar an averiguacion previa... que el Maestro se puso de acuerdo con el alumno para infringir esa lesion al estudiante.  Como eso es materialmente imposible que se acredite porque para ello se debe contar con testigos que hayan visto o escuchado la supuesta platica... simplemente NO SE VA A DAR DOLO.

    Cayendo al campo de la especulación... simplemente NO HABRA TESTIGOS. Recuerden que todos llevan los ojos vendados... nadie ve absolutamente nada. Validamente se puede decir por quien si Vio, que el se tropezo por tener sus agujetas desamarradas cosa que NO SERA negligencia del profesor y que el pasivo no podra decir que no fue verdad porque TENIA LOS OJOS VENDADOS al igual que sus compañeros y no supo que paso.

    Pero insisto eso ya es el campo de la especulación.

    Estoy en TOTAL desacuerdo contigo Garovalo y con Alejandro si el piensa igual que tu... que el hecho de poner a correr a alguien con ojos vendados ..... y el resultado que se produzca es DOLOSO.

    Otra vez.... Culpa.... SI  porque se puede preveer que las personas que no ven chocaran con objetos solidos en su recorrido aunque se pone un guia para evitarlo.

    Para que sea DOLO insisto y no solo yo.. checate la doctrina y la jurisprudencia .... deben tener en mente bien presente entre la accion y el resultado. Deben probar en juicio que los puso a correr con la finalidad que esa persona especificamente se golpee en la pared y se lesione. SOLO ASI SE CONFIGURARA EL DOLO

    GAROVALO.... señalas para mi sorpresa que "es un acto intencional...por tanto doloso"  NO señor.... no hay intencion en el acto.... hubo negligencia y no se prevee el resultado. Jamas se maquina la lesion del querubin este que debe estar en una escuela de niñas y dentro de una burbuja.

    NO TU estas pre juzgando... sabes que lo narrado por la consultante son lesiones alas que los penalistas llamamos "DE NO Y MENOS"  (Quien lea entienda)  y tambien sabes que las instrucciones del profesor no fueron estrellar a Juanito perez en la pared. Hay un guia y te puedo apostar que no fue el unico equipo... quiza hubo 2 o 3 equipos iguales cuyos guias acataron perfectamente las ordenes del profesor y salieron sin incidentes ... y en este caso en concreto luego del accidente sucedido porque el guia no hizo bien lo que se le encomendo... acontencio esto pero DE NINGUNA MANERA SERA DOLO  e insisto.. tan seguro estoy que ahi esta sobre la mesa la propuesta.... OJALA y la señora denuncie y les apuesto lo antes señalado por su servidor a que seran LESIONES CULPOSAS.

    Tambien apuesto al 100% que Alejandro Gonzalez Flandes .... SABE PERFECTAMENTE que son lesiones culposas, pero que con tal de llevar la contraria a un servidor se empeña en decir que son dolosas. Y estoy segurisimo que alejandro sabe lo anterior ... PORQUE ES PENALISTA y conoce perfectamente la diferencia entre DOLO Y CULPA. y asi como la señora lo narra ... SIN LUGAR A DUDAS ES CULPA.

    Esto mi estimado Garovalo... NO ES BULLING ... si lees lo que copias y pegas en la consulta... y lo comparas con lo que la señora señala... sin prejuzgar e inventar nada de lo aqui expuesto por ella... NO ES BULLING