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  • Consulta : 117361
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En efecto Garovalo...

    El estado ded Coahuila de manera categorica señala lo siguiente;

    El Pacto Civil de Solidaridad es un contrato celebrado por dos personas físicas, mayores de edad de igual o distinto sexo, para organizar su vida en común. Quienes lo celebren se considerarán compañeros civiles. Los compañeros civiles, se deben ayuda y asistencia mutua, consideración y respeto, así como deber de gratitud recíprocos y tendrán obligación de actuar en interés común; de igual manera tendrán derecho a alimentos entre sí. (Artículo 385-1 del Código Civil para el Estado de Coahuila).

    EL PACTO CIVIL DE SOLIDARIDAD NO ES UN MATRIMONIO

    De manera categorica señala que dicho pacto no le dan el grado de matrimonio.... simplemente es un pacto.

    En consecuencia el 121 no aplica a este pacto.

    En el DF sucede algo similar pues no es matrimonio maxime que como señala garovalo el DF no es un Estado y en consecuencia TAMPOCO aplica el 121.

    En conclusion y luego de darle lectura a lo anterior puedo decir que.. ESTE TIPO DE UNIONES ENTRE HOMOSEXUALES no debe ser valido en ninguna parte de la republica a no ser en los lugares donde se emite.

    Saludos