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  • Consulta : 117303
  • Autor : LicVelazquez
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    Respuesta No: 228730

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Le recomiendo consultar con un abogado, no coyote no tinterillo, pues es obvio que cuando debió asesorarse apropiadamente por un profesional del Derecho, muy a la mexicana se le hizo facil celebrar un "comodato" para disfrazar una cesión de derechos de propiedad. Semejante absurdo nunca lo había visto.

    Ese absurdo coloca la relación jurídica entre Usted y los ocupantes en la casa en un estado de indefinición de la causa legal posesoria, porque aunque existe el contrato de comodato y éste por esencia es gratuito, el pago de las mensualidades del crédito al Infonavit con recursos de los ocupantes, lo priva de la condición de gratuidad y lo asemeja a un contrato de arrendamiento. 

    Por otra parte, Usted reconoce que en realidad vendió el inmueble y que los pagos al Infonavit son parte del esquema conforme al cual se pagaría el precio. Esta situación tiene que hacerle reflexionar a Usted sobre la conveniencia de honrar su palabra y reconocer que, el negocio subyacente en el contrato de comodato es una compraventa, y por tanto, flaco favor se hace al pretender ante el posible incumplimiento en el precio de venta pactado, distorsionar la realidad de la relación jurídica.

    Cualquiera que sea su decisión, Usted debe contratar un abogado experto que verdaderamente le ayude a reestructurar la relación jurídica contractual procurando una amigable composición con su contraparte, o ante la imposibilidad de lo anterior, diseñe estrategias judiciales que le permitan recuperar el inmueble aprovechando la precaria condición de comodatario que tiene la persona con la que inicialmente realizó la operación y su posterior causahabiente, tomando en consideración que, por ley, el contrato de comodato termina a voluntad del comodante o sea Usted, en cualquier tiempo.

    Saludos cordiales. 

    El aspecto que comenta sobre prescripción positiva