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  • Consulta : 117293
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 227988

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tu ofreces la prueba de ADN, tu la pagas, más los gastos del abogado.

    Hay criterios de la corte en donde no condenan al pago de gastos y costas, yo siempre lo pido, y los jueces me batean, insisto es criterio de los jueces.

    Existe alguna ley que obligue a este hombre a reconocer a su hijo sin que sea yo la que pague?

    R= NO.