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  • Consulta : 116782
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 227404

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1...tu no puedes suspender  el pago de pensiòn...porwue tu crees que asi puede ser...

    2...es muy legañl que proceda penalmente...

    3...al defensor de oficio..o a cualquier abogado... no le interesa el origen del acrto que dio causa al delirto... solo el deltio c o m  o   tal....

    4...lo importante es  reparar el daño... y seguir con el pago de la pensiòn...

    5...iniciar la acciòn penal de extorsion en contra de la madre... por que condiono el  derecho a un cambio de nombre...el cual no te va a resultar... porque la verdad... es que dejaste de pagar pensiòn...