Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 116643
  • Autor : LicVelazquez
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 1006
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 227253

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    No me preocuparía mucho por la situación que se evidencia de su consulta. 

    Es obvio que en este tipo de contratos de autofinanciamiento, existen múltiples "trampillas". Una de ellas es hacerle creer que ellos pagarán de un fondo común lo que en realidad es uno de sus fines sociales, es decir, financiarle la compra de una casa.

    El 2% que le pidieron inicialmente equivale a la "cuota de apertura", es decir equivale a una aportación de recursos no de ellos sino suyos para solventar los gastos de análisis y documentación de la solicitud de crédito. Por tanto, la susodicha carta responsiva, no tiene para Usted ningún efecto legal ni material, porque si Usted no les cubre tal cantidad ellos tampoco analizarán ni darán curso a su solicitud de crédito.

    Por otra parte desconozco que cantidad de crédito esté Usted solicitando, pero si verbigracia, solicitó 600,000 pesos, es abusivo pretender por concepto de análisis y documentación de una solicitud la cantidad de 12,000 pesos.

    Le recomiendo ampliamente NO pagar nada y le aseguro que "la carta responsiva" no tendrá repercusión jurídica alguna. Para su tranquilidad, apoyo la recomendación de la forista Martina y haciéndose acompañar de un Notario Público, proceda a notificar y entregar por escrito una carta de resolución unilateral del contrato celebrado.

    Saludos cordiales,