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AutorRespuesta No: 227257
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Junio de 2011 18:08 2011-06-15 18:08 desde IP: 189.156.242.177
primero, la cion penal prescibe en un año cuando se tiene concimiento, y en tres cuando no se tiene conocimiento.
lo que usted comenta de la consignacion, la acion penal ya estab prescita.
por otro lado la aplicacion de la ley debe ser cuando, ocurriron los hechos,que el iman al acusado, o la que le beneficie mas, no la que le perjudique, , es grantia constitucional.
suerte
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