Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 116374
  • Autor : Yucatan_legal
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5560
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 282027

  • Yucatan_legal
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenos dìas, 

    Con todo respeto creo que basta leer el Còdigo para obtener la respuesta, es increible que el abogado que llevò el caso no sepa que pueden ejercer a fuerza publica, pero con abrir el Còdigo de Comercio y leer bastarà.