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  • Consulta : 116331
  • Autor : IUS_MOISES
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  • Autor
    Respuesta No: 227013

  • IUS_MOISES
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola buenos días. Es muy común que ciertas personas intenten espantar a otros con este método ilegal. Con fundamento en el articulo 16 constitucional que a la letra dice: “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y Y motive la causa legal del procedimiento” Es decir, solo la autoridad judicial (juez) puede hacerte un embargo, siempre y cuando hayas perdido en JUICIO. en este caso seria inconstitucional el embargo, toda vez que no se ha llevado a juicio (lo tiene que promover la persona o empresa que busca a esa persona) Esta acción es muy común en empresas como elektra, pero es inconstitucional. Y en razón al domicilio, en mi suponer, no tiene nada que ver, lo que buscan es a la persona, Ya que es la que debe. ¿la persona que se fue rentaba? No te dejes engañar, y no permitas que entren a tu domicilio, en caso de insistencia por parte de ellos, amenaza con ir a levantar una denuncia por robo, amenazas, allanamiento de morada, y lo que resulte.