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  • Consulta : 116099
  • Autor : Lic. Mata
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  • Autor
    Respuesta No: 226814

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimada consultante:

    usted debe entablar el juicio de reconocimiento de paternidad, su abogado aportara como prueba la pericial en ADN, con el cual se demostrara la paternidad del demandado... en el caso que el padre se niegue a realizarse la prueba, presuntivamente se tendra por padre del menor, acto seguido se modificara el acta de nacimiento del menor y podra demandar la pension alimenticia a favor de su hijo.

    Saludos!!