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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Junio de 2011 14:05 2011-06-10 14:05 desde IP: 187.149.32.229
Pues yo creo que no existe problema, de que le pague proporcionalmente, solo las horas que correspondan al domingo, y de hecho sería lo correcto, siempre y cuando lo haga en los dos casos posibles, respecto a dicho evento:
1. Si entra a trabajar el domingo a las 21:30 horas, pagarle proporcional a partir de las 21:30 horas, hasta las 24:00 horas. Y
2. Si entra a trabajar el sábado a las 21.30 horas, pagarle proporcional a partir de las 24.00 horas, hasta las 07.00 horas.
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