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  • Consulta : 115896
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 226592

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    que inicie acción penal por la falta de pago de la pensión....desde que nacio a la fecha....con la copia certificada de la ación penal...que inicie juicio de pago y aseguramiento por medio de embargo de la casa de la pensión alimenticia...PARA ELLA Y PARA LA HIJA..... guarda y bcustodia de la hija.... y perdida de patria mpotestad en base a que no da pensión....los documentos de la acción penal...sirven como medio de prueba indubitable...suerte... y decir que no te gusta... no es nada viable... dejaselo a un abogado que sepa....este asunto es muy especializado... no como las páyasadas del derecho COPORATIVO... pero si es muy especializado...