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AutorRespuesta No: 225296
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Mayo de 2011 19:04 2011-05-30 19:04 desde IP: 189.163.235.226
Por ser la parte demanda una persona moral, comerciante, por estar consituida conforme a la legislación mercantil además de tratarse de una instituci{on bancaria debe de promover su demanda en la v{ia ordinaria mercantil. Ahora si lo que quieres es asegurar la posible condena, puede promover medidas precautorias de embargo a efecto de asegurar el cumplimiento de la sentencia.
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