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AutorRespuesta No: 225114
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Mayo de 2011 20:38 2011-05-28 20:38 desde IP: 189.143.240.139
QUÉ BÁRBARO !!! ... =o
Consultante:
Promueva solicitando interventor judicial y pida que se le autorice para contestar demandas (promover, amparo, etc.) y defender los derechos de la sucesión mientras no se haya nombrado albacea. El trabajo de éste interventor (diferente del "coadyuvante") concluye una vez que se haya celebrado la primera junta de herederos y se haya nombrado albacea.
Revise las tesis que tengan como rubro "interventor", existe una por ahí de nuestra Suprema Corte donde realiza la distinción que aquí menciono.
Saludos.
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