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  • Consulta : 114485
  • Autor : VICOS
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  • Autor
    Respuesta No: 224981

  • VICOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    buen dia, el pagare tienes 3 años para cobrarlos y que no prescriban, despues de la fecha de pago, hay que tomar que se interrumpen con los abonos hechos en pago sobre las letras. tienes comprobantes de pago? escribeme a mi mail y esperemos se pueda hacer algo o en su caso esperar la demanda si pueden demandar, o en su caso poner a nombre de diferente persona el bien de tu aval, ahy algunas cosas que se pueden hacer.

    lic. victor manuel

    mail.- vicos18 en hot