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AutorRespuesta No: 224772
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Mayo de 2011 21:57 2011-05-26 21:57 desde IP: 189.154.0.151
si pierde el procedimiento se le condena pagar la suerte principal y los intereses moratorios, que lleve vencidos y que se sigan venciendo hasta la ejecucion del juicio
y si quiere terminar el asunto debe darle suerte principal y los intereses que hayan corrido, por que aunque le lleve o consigne el dinero al juez de nada mas la suerte principaz, el juez en su momento le dara vista al actor haciendole saber y preguntadole si es su deseo desistirse con la cantidad que deposite, ademas si esta conforme y que lo mas seguro la parte actora lo rechace y siga con el juicio
ahora cheque como esta su situacion por que nos nnos menciona cuando vencio el pagare , que es la fecha desde cuando empiezan a correr los intereses,si lleva poco tiempo tal ves sea conveniente que deposite la suerte principal y el interes, que lleva, si es mucho tal ves y si es su deseo pagar realizar un convenio o buscar que le condenen ciertos interereses o cantidad de dinero pero esto siempre hagalo a nivel judicial convenio judicial ante juez o juzgado nada por afuera por que por afuera se olvidan esos tratos
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