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Fecha de respuesta: Domingo 05 de Junio de 2011 11:49 2011-06-05 11:49 desde IP: 189.177.64.123
Sin ser un docto en la materia de amparo, estimo que NO PUEDE objetarla en revisiòn. Como su nombre lo dice, la revision consistira unica y exclusivamente en que se analise que el actuar del Juez de Distrito estuvo apegado a derecho y no se dejo de atender ningun concepto de violacion. No se trata de un juicio nuevo.
Es como en primera instancia no se objeta la prueba y se le da validez a la misma y gracias a ella pierde usred el juicio..... si se va a la apelacion no podra ahi objetarla pues se le dira que tuvo su momento para hacerlo y el magistrado solo analizarà que se haya resuelto de manera adecuada ajustado a derecho y sin dejar de valorar pruebas.
Regresando, aqui sera lo mismo a reserva que un experto en amparo me corrija. Tuvo su oportyunidad de hacerlo y en revision solo se analizaran presuntas violaciones o inobservancias del juez de distrito pero nada mas. saludos cordiales
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